Las votaciones que hacen o cambian leyes.
35 iniciativas
La mayoría de votaciones del pleno no crean ley: son proposiciones no de ley, mociones e interpelaciones. No cambian la ley, pero muestran la posición de los grupos y lo que quieren impulsar. Útiles para entender cómo piensan.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si eres autónomo/a: Si eres autónomo en Ceuta, recibirás una ayuda directa de 5.000€ exenta de IRPF y podrás acceder a una prestación extraordinaria por cese de actividad durante 4 meses sin carencia.
Si tienes una empresa: Si tienes o diriges una empresa en Ceuta, podrás recibir ayudas de 10.000€ a 150.000€ según facturación, avales públicos hasta 2026 y exención de cuotas de Seguridad Social por ERTEs vinculados a la crisis migratoria.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si trabajas por cuenta ajena: Si trabajas por cuenta ajena en un municipio afectado por incendios, puedes recibir una prestación extraordinaria de hasta 4 meses sin período mínimo de cotización.
Si eres autónomo/a: Si eres autónomo en un municipio afectado por incendios, puedes solicitar el cese de actividad sin requisitos de cotización ni fuerza mayor, hasta 4 meses.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si trabajas en la administración: Si eres personal laboral de las Administraciones Públicas, podrás acceder a jubilación parcial anticipada si hay un contrato de relevo fijo o temporal de sustitución vinculado.
Si eres migrante: Si eres una persona que usa velo integral (niqab o burka) en espacios públicos, el texto prohíbe cubrirte el rostro e impide tu identificación, salvo por salud, trabajo o cultura.
Si eres mujer: Si eres una mujer que usa velo integral (niqab o burka) en espacios públicos, el texto prohíbe cubrirte el rostro e impide tu identificación, salvo por salud, trabajo o cultura.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda afectada por el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba), no podrás subir el precio hasta el 18/02/2026, salvo excepciones justificadas.
Como consumidor/a: Si compras bienes o servicios esenciales durante una emergencia declarada, su precio no podrá superar el valor de los 30 días previos, salvo excepciones justificadas.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si trabajas por cuenta ajena: Si cobras más de 5.101,20 €/mes, en 2026 pagarás una cotización adicional progresiva del 1,15% al 1,46%.
Si eres pensionista: Si eres pensionista, en 2026 tu pensión pública subirá un 2,7% y la máxima no superará 3.359,60 €/mes.
Si eres mujer: Si eres mujer con pensión contributiva, en 2026 recibirás un complemento de 36,90 €/mes por brecha de género.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler y estás en situación de vulnerabilidad social, el texto suspende tu desahucio hasta el 31/12/2026.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda y el inquilino está en situación de vulnerabilidad, recibirás una compensación por la suspensión del desahucio hasta el 31/01/2027.
Como consumidor/a: Si eres consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión, mantendrás el suministro de agua y energía hasta el 31/12/2026.
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Si trabajas en la administración: Si eres personal del sector público estatal, tu salario subirá un 2,5% en 2025 (con atrasos desde enero) y un 1,5% en 2026, pagaderos el 1 de enero de cada año.
Si eres autónomo/a: Si trabajas por cuenta propia con menores y solicitas subvenciones, deberás presentar certificado de antecedentes penales y no podrás recibirlas si tienes condena por terrorismo.
Si trabajas en la administración: Si aspiras a un empleo público con menores, el texto exige presentar certificado de antecedentes penales y prohíbe acceder si tienes condena por terrorismo.
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Si tienes hijos: Si tienes un hijo o hija, el texto establece 19 semanas de permiso por progenitor, con 6 obligatorias tras el parto y 13 distribuibles hasta los 8 años del menor.
Si eres mujer: Si eres madre biológica, el texto garantiza 6 semanas de permiso obligatorio retribuido al 100% tras el parto, ampliable a 19 semanas en total.
Si eres LGTBI+: Si eres una persona trans gestante, el texto te incluye como madre biológica para el disfrute de los permisos por nacimiento.
Si tienes una discapacidad: Si tienes discapacidad, el texto reconoce derechos reforzados de autonomía, inclusión y accesibilidad, y prohíbe sujeciones físicas o químicas en cuidados, salvo urgencia vital.
Si tienes hijos: Si tienes hijos menores y la administración declara su desamparo, un juez decidirá en 48 horas y priorizará su reintegración en tu familia o la extensa.
Si cuidas a alguien dependiente: Si cuidas a un menor de tu familia extensa, podrías asumir su acogimiento preferentemente frente a un centro residencial si se declara su desamparo.
Si tienes hijos: Si tienes hijos menores de 8 años, el texto establece un permiso parental de 16 semanas, con 8 intransferibles y retribuidas, desde su entrada en vigor.
Si trabajas por cuenta ajena: Si eres trabajador por cuenta ajena, tu jornada máxima pasa a 37,5 horas semanales sin reducción salarial desde la entrada en vigor de la ley.
Si eres joven: Si tienes entre 12 y 17 años, podrás ser juzgado penalmente por delitos y cumplir condenas al alcanzar la mayoría de edad.
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Si eres migrante: Si eres un menor extranjero no acompañado, el Estado puede trasladarte a otra comunidad autónoma en 15 días si hay contingencia migratoria.
Si trabajas por cuenta ajena: Si trabajas por cuenta ajena, la jornada máxima legal pasa a 35 horas semanales sin reducción salarial, aplicable según el desarrollo normativo.
Si tienes una empresa: Si diriges una empresa, deberás adaptar los contratos a 35 horas semanales máximas sin bajar salarios y reforzar el registro horario.
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Si eres joven: Si eres menor de 30 años, el texto establece un 50% de descuento en títulos multiviaje de transporte público y un 70% en títulos mensuales de carretera desde 2025.
Si estudias: Si eres menor de edad o estudiante, el transporte público será gratuito en títulos multiviaje desde 2025.
Prorroga hasta el 31/12/2026 el control de inversiones extranjeras directas en sectores estratégicos si superan 500 millones de euros o afectan a empresas cotizadas. Modifica la normativa para garantizar la continuidad de empresas controladas por sujetos sancionados, aunque no estén sancionadas directamente. Eleva a 2.500 euros el límite de rendimientos del trabajo del segundo y siguientes pagadores para no declarar IRPF, manteniendo el límite general de 22.000 euros. Establece gratuidad en transporte público para menores de edad y descuentos del 50% para jóvenes y 20% para adultos en títulos multiviaje. Revaloriza las pensiones públicas en 2025 un 2,8% según el IPC interanual y actualiza las cuantías mínimas no consolidables.
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Si trabajas por cuenta ajena: Si trabajas por cuenta ajena y no has alcanzado la edad ordinaria de jubilación, podrás anticipar tu jubilación parcial hasta 3 años con reducción de jornada del 50% al 75%.
Si eres autónomo/a: Si eres autónomo mayor de la edad ordinaria de jubilación, podrás compatibilizar tu pensión con tu trabajo sin necesidad de cotizar para alcanzar el 100% de la base reguladora.
Si eres pensionista: Si eres pensionista mayor de la edad ordinaria de jubilación, podrás compatibilizar tu pensión con un trabajo a tiempo parcial sin contrato de relevo y reducir tu jornada hasta un 75%.
Si eres autónomo/a: Si eres profesional liberal colegiado (abogado, arquitecto, etc.), desde la entrada en vigor de la ley deberás cotizar en el Régimen Especial de Autónomos, salvo que tu colegio profesional ya tenga una mutualidad alternativa.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, el texto establece que los contratos temporales o de habitaciones tendrán un plazo mínimo de 5 años y límites a las subidas de renta.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda, deberás justificar por escrito la temporalidad del contrato; si no, se considerará de larga duración (5 años mínimo).
Si tienes una empresa: Si diriges una cooperativa o empresa de economía social, el texto actualiza sus requisitos legales, incluyendo planes de igualdad y participación digital obligatorios.
Si tienes una discapacidad: Si tienes ELA o una enfermedad irreversible grave, el texto establece ayudas económicas, acceso prioritario a servicios sanitarios y sociales, y adaptación de tu vivienda.
Si cuidas a alguien dependiente: Si cuidas a una persona con ELA o enfermedad irreversible grave, el texto regula atención psicológica y acompañamiento para ti.
Añade una nueva causa para disolver asociaciones: que hagan apología pública del franquismo, ensalcen el golpe de Estado o la dictadura, humillen a las víctimas o inciten al odio o la violencia contra ellas. La disolución solo podrá ser decidida por un juez.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si tienes una hipoteca o firmas una nueva, el texto prohíbe cláusulas abusivas y obliga al banco a informarte claramente sobre cuotas crecientes.
Como consumidor/a: Si contratas una hipoteca, el texto prohíbe cláusulas abusivas y regula las cuotas crecientes para evitar intereses ocultos en nuevos contratos y en los ya firmados revisables.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler en una habitación o en un piso de temporada, el dueño debe justificar la temporalidad y el contrato no podrá superar los seis meses.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda como temporada o habitaciones, debes justificar la temporalidad y no podrás encadenar contratos más de seis meses sin aplicar las normas de alquiler habitual.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si trabajas por cuenta ajena: Si trabajas por cuenta ajena, el texto establece un permiso parental de 8 años por progenitor, intransferible y con salario completo durante su disfrute.
Si buscas trabajo: Si estás en paro, podrás acceder al subsidio asistencial con solo 360 días cotizados (o menos de 6 meses si es tu caso) y sin esperar 1 mes tras agotar la prestación contributiva.
Si eres mujer: Si eres víctima de violencia de género o sexual, el texto crea un subsidio específico para ti, sustituyendo la renta activa de inserción para este colectivo.
Si trabajas por cuenta ajena: Si trabajas por cuenta ajena, la ley obliga a la empresa a informarte con antelación y negociar recolocaciones o indemnizaciones en caso de traslado o venta.
Si trabajas en la administración: Si eres funcionario de prisiones, el texto te reconoce como agente de la autoridad y garantiza que no compartas espacio con reclusos si ingresas en prisión.