Modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos para incluir los contratos de alquiler temporal y de habitaciones dentro del régimen de protección de la vivienda habitual. Obliga a justificar documentalmente la temporalidad del contrato y limita su duración máxima a seis meses, prorrogables solo una vez. Si se encadenan más de dos contratos o superan los seis meses, se consideran automáticamente de vivienda habitual con todos sus derechos.