Modifica el Estatuto de los Trabajadores para reducir la jornada laboral máxima legal de 40 a 35 horas semanales, garantizar el registro diario de la jornada y reforzar el derecho a la desconexión digital. También limita la distribución irregular de la jornada anual al 10% y prohíbe que la reducción afecte a salarios o derechos adquiridos.
GP Mixto·Derechos laborales y empleoTrabajo decente y crecimiento económico·122/000159Texto original