Modifica la Ley General de la Seguridad Social para regular las mutualidades alternativas que ya existían en las disposiciones adicionales 18ª y 19ª. Establece las condiciones y requisitos que deben cumplir estas entidades para operar dentro del sistema de Seguridad Social.
Votación de la solicitud de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final de la Proposición de Ley de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18ª y 19ª, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.
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