Modificación del Código Penal para penalizar coacción a huelguistas
Modifica el Código Penal para tipificar como delito la coacción a trabajadores para iniciar o continuar una huelga, con penas de prisión de 2 a 4 años y 6 meses o multa de 18 a 24 meses. La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Resumen hecho con IA a partir del texto. Puede tener errores: lo que vale es el texto oficial. Cómo lo hacemos
Cómo te afecta
Si trabajas por cuenta ajena: Si eres trabajador por cuenta ajena, el texto penaliza con prisión de 2 a 4 años y 6 meses o multa de 18 a 24 meses a quien te coaccione para no iniciar o continuar una huelga.
Caducó cuando se disolvieron las Cortes para convocar elecciones (6 de octubre de 2026): las iniciativas que no habían terminado su tramitación decaen. Si alguien quiere sacarla adelante, tendrá que volver a presentarla en la nueva legislatura.
Cómo se votó
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