131 iniciativas tienen medidas concretas para esta situación: leyes y, marcadas como no vinculantes, propuestas que piden cosas al Gobierno. La frase de cada una la ha escrito una IA a partir del texto; lo que vale es el texto oficial.
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Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda afectada por el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba), no podrás subir el precio hasta el 18/02/2026, salvo excepciones justificadas.
Como consumidor/a: Si compras bienes o servicios esenciales durante una emergencia declarada, su precio no podrá superar el valor de los 30 días previos, salvo excepciones justificadas.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas viviendas y tienes 2 o menos, hasta el 31/12/2026 podrán desahuciar a inquilinos vulnerables; hasta el 31/01/2027 podrás pedir compensación si no.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler y tu hogar es vulnerable, hasta el 31/12/2026 no podrán desahuciarte, salvo que tu arrendador tenga 2 o menos viviendas.
Como consumidor/a: Si eres consumidor vulnerable, hasta el 31/12/2026 mantendrás descuentos en el bono social energético y suministro garantizado de agua y energía.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda ocupada ilegalmente, el texto permite cortar suministros, solicitar desalojos en 24 horas y recuperar el IBI pagado durante la ocupación.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda que alquilas, el texto elimina la prórroga extraordinaria de contratos de alquiler y deroga el control de precios en zonas tensionadas.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, el texto elimina la prórroga extraordinaria de contratos y deroga el control de precios en zonas de mercado tensionado.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en alquiler como arrendador, no podrás venderla a empresas desde la entrada en vigor de la ley.
Si tienes una empresa: Si tienes o diriges una empresa, no podrás comprar viviendas en uso desde la entrada en vigor de la ley, salvo excepciones.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, tu arrendador no podrá vender la vivienda a una empresa desde la entrada en vigor de la ley.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda en zona tensionada, el texto limita el precio máximo que puedes cobrar por el alquiler.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler en una zona tensionada, el texto establece límites máximos a la renta mensual que puedes pagar.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda y el inquilino está en situación de vulnerabilidad, recibirás una compensación por la suspensión del desahucio hasta el 31/01/2027.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler y estás en situación de vulnerabilidad social, el texto suspende tu desahucio hasta el 31/12/2026.
Como consumidor/a: Si eres consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión, mantendrás el suministro de agua y energía hasta el 31/12/2026.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en un proceso de familia con menores, el texto prioriza la vista judicial en casos urgentes sobre vivienda familiar.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler en un proceso de familia con menores, el texto prioriza la vista judicial en casos urgentes sobre la vivienda familiar.
Si tienes hijos: Si tienes hijos menores a cargo en un proceso de familia, el texto elimina la mediación previa en casos urgentes como alimentos, vivienda o relación con los progenitores.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda a otros, la propuesta pide al Gobierno que los contratos sean indefinidos por defecto y sin subidas automáticas al finalizar el plazo actual.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, la propuesta pide al Gobierno que los contratos sean indefinidos por defecto y sin subidas automáticas al finalizar el plazo actual.
Procede del Real Decreto-ley 13/2025, que ya está en vigor: el Congreso lo convalidó y ahora lo tramita también como ley para poder enmendarlo. Ver el decreto
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en La Palma dañada por la erupción volcánica, el texto establece ayudas económicas para su reparación o reconstrucción.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda ocupada ilegalmente, podrás cortar los suministros de agua, luz o gas sin que se considere delito de coacciones desde el día siguiente a publicarse en el BOE.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en una comunidad de vecinos, podrás asistir a juntas por videoconferencia si la junta o los estatutos lo aprueban.
Ya está en vigor. Además, ahora se tramita como proyecto de ley para poder enmendarlo. Ver el proyecto de ley
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en zona afectada por la DANA, tu municipio puede recibir subvenciones para adaptar edificios al riesgo de inundación.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda, el texto elimina la tasa de residuos de 116,32 €/hogar anual que algunos municipios aplicaban desde 2025.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, el texto elimina la tasa de residuos de 116,32 €/hogar anual que algunos municipios aplicaban desde 2025.
Como consumidor/a: Si pagas la tasa de residuos en tu municipio, el texto elimina esa tasa de 116,32 €/hogar anual desde su entrada en vigor.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de tierras agrícolas en Canarias, la propuesta pide al Gobierno que garantice financiación específica para cubrir sobrecostes por lejanía hasta 2034.
Si tienes una empresa: Si tienes una explotación agrícola o ganadera, la propuesta pide al Gobierno que evite recortes del 22% en la PAC y mantenga ayudas directas hasta 2034.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda en Pedregalejo, El Palo o Empuriabrava, la propuesta pide al Gobierno que regularice la situación jurídica de esos terrenos.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si compras una vivienda habitual, la propuesta pide al Gobierno que aplique un IVA superreducido o exención y elimine el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, la propuesta pide al Gobierno que recupere deducciones en el IRPF por alquiler de vivienda habitual.
Si tienes una discapacidad: Si tienes discapacidad, la propuesta pide al Gobierno que bonifique el IBI y otras tasas locales para personas con discapacidad.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si tienes tres o más viviendas, pagarás un impuesto del 4% al 17% al comprar otra, según el número de propiedades.
Si vives de alquiler: Si alquilas una vivienda de un gran tenedor, el contrato será de al menos 7 años con precios regulados por la AEAT.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si alquilas una vivienda, la propuesta pide al Gobierno que elimine trabas legales para aumentar la oferta de alquiler y mejore la seguridad jurídica.
Si eres joven: Si tienes menos de 35 años, la propuesta pide al Gobierno que priorice tu acceso a viviendas protegidas y ayudas para compra o alquiler.
Si tienes una vivienda en propiedad: Si eres propietario de una vivienda alquilada o en riesgo de ocupación, la propuesta pide al Gobierno que agilice desalojos en 24-48 horas.
Si eres joven: Si vives de alquiler o quieres comprar tu primera vivienda, la propuesta pide al Gobierno que apruebe medidas fiscales para abaratar su precio.
Si vives de alquiler: Si vives de alquiler, la propuesta pide al Gobierno que derogue la Ley de Vivienda de 2023 y agilice desalojos en 24-48 horas por ocupación ilegal.
Esta propuesta también se presentó otra vez: