Modifica la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana para flexibilizar los requisitos de validez de los planes urbanísticos, permitiendo subsanar errores formales menores y limitando a cuatro años el plazo para impugnarlos por motivos de procedimiento. Introduce un régimen especial que distingue entre vicios graves (nulidad) y leves (convalidables), adaptándose a la complejidad técnica de estos instrumentos.